Tras las gestiones realizadas por el CPAPC, la Cámara Federal de Apelaciones resolvió que en los Juzgados Federales de la jurisdicción se deberá facilitar a los profesionales el acceso a los expedientes,
asegurando la prestación del servicio de justicia y el ejercicio del derecho a defensa, debiendo dispensarse a los mismos el trato establecido en el art. 12 de la Ley N° 22.192.
Que la atención al público y profesionales debe realizarse por agentes judiciales, admitiéndoseles el ingreso a las instalaciones de cada dependencia judicial, en condiciones de seguridad y comodidad que permitan adecuadamente el ejercicio profesional